El reclamo por alteración de las Facturas por Consumo de Energía, Daños y Perjuicios así como por Pago Duplicado de Factura tiene los siguientes cuerpos legales:
En los tres cuerpos legales se señalan las dos instancias ante las cuales los usuarios deben recurrir las cuales son: la Empresa Distribuidora (UNION FENOSA) y el ente regulador (INE).
Procedimiento para la interposición de reclamos.- Los reclamos que se hacen a las distribuidoras de electricidad son de dos tipos:
Por facturación incorrecta
Primera Instancia – Oficina de Atención al Cliente
Plazo para su interposición: 15 días hábiles a partir de la entrega de la factura.Contestación de la empresa distribuidora: Dentro de los cinco días de interpuesto el reclamo.
En la respuesta de la empresa pueden darse dos variantes:
Si no responde se entiende resuelto a favor del cliente
Segunda Instancia (ante la autoridad superior de la empresa distribuidora): RECURSO DE REVISION
Si la Oficina de Atención al Cliente responde pero no satisface al cliente o rechaza el reclamo se puede interponer el Recurso de Revisión, ante la autoridad superior de la empresa quien tendrá 3 días hábiles para responder y resolver.
Si el consumidor no recibe una respuesta dentro del plazo señalado o la misma no le parece satisfactoria puede recurrir ante el Ente Regulador.
Por pago duplicado de factura:
Plazo para la interposición del reclamo: 3 meses contados a partir del último pago objeto de reclamo.
Por daños y perjuicios
Plazo para la interposición del reclamo: Dentro de 72 horas hábiles después de ocurrido el suceso.
Contestación de la empresa distribuidora: dentro de un período no mayor a 10 días hábiles a partir de su fecha de recepción.
En el caso de comprobarse los daños y perjuicios, la Empresa deberá pagar dentro de un plazo máximo de 15 días después de la fecha de emitida la resolución.
ANTE EL ENTE REGULADOR. RECURSO DE APELACION.
Para ello deberá presentarse en el Departamento de Atención al Cliente del ente Regulador, INE, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de la notificación de la resolución de la autoridad superior de la Empresa distribuidora o a partir del vencimiento del plazo para dictar la resolución. Para el Recurso de Apelación ante el INE debe utilizarse el Formato de Reclamos FR-2-RDC.
La Dirección General de Electricidad emitirá su resolución en un plazo no mayor a 8 días hábiles a partir de la aceptación del mismo en el caso de Managua y 10 días hábiles para el resto del país.
Para ayudarte más aca te dejamos los formatos que puedes utilizar para hacer el reclamo respectivo, ya sea en las oficinas de atención al cliente o en el ente regulador correspondiente.
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